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Costa Rica

TSE acoge amparo contra el Presidente y el Ministro de Seguridad por las publicaciones de “Cayó la Mordaza”

El Tribunal consideró que las publicaciones "distorsionaron información" y "comprometieron la imparcialidad institucional", especialmente al involucrar a la Fuerza Pública en un momento electoral sensible.
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Imagen del presidente de la República con un efecto de colores tipo señal de televisión dañada y, encima, una franja negra con el texto “Cayó la mordaza”.

Por

Sebastián Montenegro

January 7, 2026

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El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) dio con lugar a un recurso de amparo electoral presentado por la Defensora de los Habitantes contra el Presidente de la República, Rodrigo Chaves, y el Ministro de Seguridad, Mario Zamora.

El caso se originó por declaraciones del Presidente en una conferencia de prensa el 1 de octubre y por la publicación, al día siguiente, de una imagen en redes sociales oficiales, incluida la del Ministerio de Seguridad, donde aparecía su rostro con la frase “Cayó la mordaza”. Para la Defensoría, estos hechos afectaron el derecho de la población a recibir información clara y neutral en medio del proceso electoral.

El TSE concluyó que el Presidente distorsionó información en un momento electoral sensible, lo que va en contra del principio democrático y puede afectar, aunque sea de forma indirecta, la libertad del voto.

Además, el Tribunal señaló que la publicación en las redes del Ministerio de Seguridad generó confusión sobre el papel que deben cumplir las fuerzas policiales durante las elecciones. Por esa razón, consideró que el mensaje fue contrario a reglas básicas del proceso electoral, como la imparcialidad y el orden.

Por último, el TSE recordó que, durante las elecciones, la fuerza pública comparte su mando con el Tribunal precisamente para asegurar que las instituciones se mantengan neutrales y que el proceso electoral se desarrolle sin interferencias.

TSE rechaza amparo contra el Sinart, pero hace advertencias

A su vez, el Tribunal, declaró sin lugar un recurso de amparo presentado por Sergio Castro González contra autoridades del Sistema Nacional de Radio y Televisión (Sinart), relacionado con la difusión de un video de carácter propagandístico de la candidata Laura Fernández Delgado.

Según explicó el TSE, el amparo fue rechazado porque el recurrente no demostró de qué manera la difusión de ese material afectó directamente sus derechos político-electorales.

No obstante, en la resolución n.° 9017-E1-2025, el Tribunal advirtió que el contenido difundido sí tenía un carácter claramente propagandístico, que no fue presentado como información y que tampoco coincidió con la línea informativa que el medio mantuvo en esos días. Aunque el Sinart divulgó información sobre otros partidos políticos, el TSE señaló que en ningún otro caso se transmitieron mensajes con el formato de un spot publicitario.

El alto tribunal electoral indicó que esta actuación podría implicar una violación a la ley del Sinart, así como a los artículos 142 y 146 del Código Electoral, que prohíben la participación política y la parcialidad de las instituciones públicas. Así, recordó que corresponde a la Auditoría Interna del Sinart vigilar el uso de los fondos públicos y valorar si se cumplieron estas prohibiciones legales.